¿Qué tipo de contrato se debe firmar?,¿Cuánto duran los contratos de alquiler? ¿Cuándo puedo rescindir el contrato? ¿pueden subirme el precio del alquiler cuando el casero quiera?

 

 

Estas son algunas de las cuestiones que más dudas suscitan entre aquellas  personas que se deciden a alquilar. Por ello, desde el Área de Información y Orientación de las oficinas Municipales, en colaboración con  Asociación Provivienda.  hemos dedicado  una  sesión informativa al tema de vivienda y los derechos de los inquilinos para resolver todas estas dudas 

 

Tus principales derechos y obligaciones

Para proteger tus derechos es importante que primero los conozcas. Propietarios e inquilinos deben saber cuáles son sus derechos y obligaciones cuando dan el paso de alquilar una vivienda.

Derecho a negociar con el propietario la renta del alquiler y la duración del contrato.

Con la reforma de la Ley de Arrendamientos Urbanos, pese a que se firme un contrato de alquiler de un año, el inquilino puede dar por terminado el contrato. Una vez trascurridos 6 meses desde la firma del mismo, siempre que se lo comunique al arrendador con una antelación mínima de treinta días.

Además, el contrato de arrendamiento será prorrogable anualmente un mínimo de tres años si el inquilino lo deseara. No obstante, no procederá la prórroga obligatoria del contrato si, una vez transcurrido el primer año, el arrendador comunica al arrendatario que tiene necesidad de la vivienda alquilada. Esta necesidad podría ser para destinarla a vivienda permanente para sí o sus familiares en primer grado. También, podría ser por consanguinidad o por adopción o para su cónyuge en los supuestos de sentencia firme de separación, divorcio o nulidad matrimonial.

 

Para más información sobre este tema, te invitamos a participar  en nuestro taller /sesión informativa:

VIVIENDA: DERECHOS Y DEBERES DE LOS INQUILINOS EN EL CONTRATO DE ALQUILER.

 El próximo miércoles 23 de junio , de 11:00h. a 13:00h modalidad virtual

impartido por la Asociación Provivienda.

 

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