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El Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE)  publica la Recomendación (UE) 2020/1186 del Consejo de 7 de agosto de 2020 por la que se modifica la Recomendación (UE) 2020/912 sobre la restricción temporal de los viajes no esenciales a la UE y el posible levantamiento de dicha restricción, mediante la que se suprime Marruecos de la lista publicada anteriormente. 

Terceros países cuyos residentes no deben verse afectados por la restricción temporal de los viajes no esenciales a la UE a través de las fronteras exteriores

  1. AUSTRALIA
  2. CANADÁ
  3. GEORGIA
  4. JAPÓN
  5. NUEVA ZELANDA
  6. RUANDA
  7. COREA DEL SUR
  8. TAILANDIA
  9. TÚNEZ
  10. URUGUAY
  11. CHINA (*1)

(*1) A reserva de confirmación de reciprocidad.