Si has conseguido una autorización de residencia a través del procedimiento extraordinario de regularización regulado por el Real Decreto 316/2026, el siguiente paso será obtener tu Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE). Muchas personas tienen dudas sobre qué documentos deben presentar, especialmente cuando su pasaporte está caducado o tienen dificultades para renovarlo. 

 

La buena noticia es que la Secretaría de Estado de Seguridad ha publicado la Instrucción 7/2026 para aclarar estas situaciones y facilitar la expedición de la TIE para esté proceso de regularización. 

 

La Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) es el documento físico que acredita tu situación legal en España. Aunque ya tengas una resolución favorable de residencia, necesitarás la TIE para identificarte ante administraciones, empresas y otras entidades. 

 

Como norma general, cuando acudas a solicitar tu TIE deberás presenta documentación de identidad en vigor válidamente expedida por las autoridades competentes del país de origen o de procedencia: pasaporte, cédula de inscripción o título de viaje reconocido como válido en España. 

 

Pero la norma reconoce que muchas personas beneficiarias de la regularización extraordinaria pueden tener dificultades para renovar su pasaporte por razones ajenas a su voluntad. 

Por ello, de forma excepcional, se permite que la Policía valore otros documentos atendiendo a circunstancias excepcionales siempre que el pasaporte caducado se acompañe de documentación que acredite la solicitud de renovación, tal como: justificantes de cita consular, correos del consulado, resguardos de solicitud, o prueba de la imposibilidad material de obtención del nuevo documento.  

 

En otras palabras, un pasaporte caducado no tiene por qué impedirte obtener la TIE si puedes demostrar que has intentado renovarlo o que no te resulta posible hacerlo en este momento. 

 

A esto se suma que continúan aplicándose las medidas excepcionales ya existentes para determinadas situaciones que afectan a personas nacionales de Venezuela y Bielorrusia.  

 

Otra de las dudas frecuentes es la relacionada con el empadronamiento y el domicilio que aparecerá asociado a la TIE. 

 

La instrucción establece que, con carácter general, la Administración utilizará el domicilio que ya aportaste durante tu solicitud de regularización y que figura en tu autorización de residencia. Cuando en la solicitud de la TIE indiques una dirección diferente a la que figura en tu expediente se debe aportar certificado de empadronamiento en vigor o autorizar a que este, sea recabado electrónicamente por la Administración. 

 

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