A partir del 1 de septiembre de 2026, la Seguridad Social ampliará el uso de las notificaciones electrónicas obligatorias en determinados trámites relacionados con prestaciones por incapacidad.

¿A quién afecta?
Deberán consultar sus comunicaciones por medios electrónicos las personas que:
🔹 Soliciten o perciban una prestación por incapacidad temporal (baja médica).
🔹 Estén tramitando una incapacidad permanente.
🔹 Soliciten prestaciones por lesiones permanentes no incapacitantes.
¿Qué cambia?
Las resoluciones, requerimientos de documentación, citaciones y otras comunicaciones relacionadas con estos procedimientos podrán notificarse a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social.
⚠️ No desaparecen todas las cartas en papel
En las últimas semanas han circulado mensajes afirmando que la Seguridad Social dejará de enviar comunicaciones en papel.
❌ Esto no es cierto.
La nueva normativa no elimina completamente las notificaciones en papel. Lo que hace es ampliar el número de personas obligadas a utilizar medios electrónicos.
Se mantienen determinadas excepciones en las que la Administración podrá seguir utilizando vías no electrónicas.
¿Por qué es importante revisar las notificaciones?
Una vez que una notificación se pone a disposición de la persona interesada, existe un plazo para acceder a ella.
Si no se consulta dentro del tiempo establecido, puede considerarse rechazada y el procedimiento administrativo continuará. Diversas fuentes señalan que el plazo general es de 10 días naturales.
👉 Por eso es fundamental revisar periódicamente los canales electrónicos de la Seguridad Social cuando se tenga una prestación o un expediente abierto relacionado con una incapacidad.
Recomendaciones para personas migrantes
✅ Disponer de Cl@ve, certificado digital o DNI electrónico.
✅ Mantener actualizados los datos de contacto ante la Administración.
✅ Revisar periódicamente la Sede Electrónica de la Seguridad Social o la aplicación Mi Carpeta Ciudadana.
✅ Solicitar ayuda en los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS) si existen dificultades para utilizar medios electrónicos. La normativa contempla medidas de apoyo y asistencia para las personas usuarias.