El acceso no permitido a esta zona constituye una infracción leve de tráfico y puede ser sancionado  con 90 euros, 45 euros si es por pronto pago.

 

Ha entrado finalmente en vigor la Zona de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEDEP) del distrito Centro tras la publicación de la Ordenanza de Movilidad Sostenible .(OMS) en el Boletín Oficial del Estado (BOE) de la comunidad de Madrid.

De esta forma, queda prohibido el acceso de los vehículos con clasificación ambiental A (vehículos que carecen del distintivo de la Dirección General de Tráfico- DGT – . El motivo es porque funcionan con motores diésel matriculados antes del año 2006 o gasolina previos al año 2000).

 

¿Qué tienes que saber sobre la «Zona de Bajas Emisiones»?

Se mantiene la prohibición de atravesar la zona a los vehículos con clasificación ambiental B y C. Aunque podrán entrar si estacionan en un aparcamiento de uso público o privado.

Esta zona de bajas emisiones en Centro se pone en marcha en fase de aviso durante dos meses. Este aviso es necesario  para el control telemático desde que el sistema de cámaras esté operativo.

El Ayuntamiento de Madrid no emitirá sanción a los vehículos que hayan sido captados de manera telemática cometiendo una infracción.  Se enviará una comunicación de carácter meramente informativo a los titulares de los vehículos detectados. 

El acceso no permitido a esta zona constituye una infracción leve de tráfico y puede ser sancionado. Esto esta basado en los artículos 80.1 y 81 de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. La multa podría ser de 90 euros, 45 euros si es por pronto pago.

 

Imprescindible para comerciantes y residentes

La nueva ZBE incorpora una novedad, y es que equipara el tratamiento de comerciantes y residentes para el acceso y circulación por el interior de la ZBE de Centro.

Por ajustes informáticos, la entrada y circulación de los turismos cuya actividad empresarial, profesional o comercial se ejerza en un local u oficina ubicada en el interior del distrito Centro o se desarrolle en los mercadillos municipales situados en dicha ZBEDEP y los de las personas invitadas por estos no entrará en vigor hasta dentro de tres meses, es decir, el próximo 22 de diciembre.

De esta forma, las personas empadronadas con vehículos fuera de Madrid pierden su permiso de acceso. Ahora entran en vigor nuevos horarios más restrictivos para los vehículos de empresas de profesionales que presten servicios o entreguen y recojan suministros en la ZBEDEP Distrito Centro (Disposición Transitoria Tercera. 4 de la OMS) y los talleres ubicados en la ZBEDEP Distrito Centro ya no podrán autorizar el acceso a los vehículos A.

En el caso de las motocicletas, las variaciones también les afectan a ellos, ya que podrán acceder hasta las 22:00 p.m.

Además, existen otros criterios de acceso a la zona que prevén determinadas excepciones que afectan a residentes, empresas y autónomos, personas con movilidad reducida, servicios públicos, transporte de alumnado a centros educativos y otros colectivos y supuestos.

Se mantiene el mismo perímetro que estaba comprendido con anterioridad Madrid Central.

 


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