A partir del 1 de enero de 2021 se igualará, por primera vez, el permiso por nacimiento y cuidado del menor para ambos progenitores que podrán disfrutar de 16 semanas de prestación, convirtiendo a nuestro país en uno de los más avanzados de nuestro entorno en cuanto a la equiparación de este permiso como ocurre en países como Suecia, Islandia o Dinamarca.
Requisitos:
Los requisitos que deben cumplir para solicitar ese permiso de paternidad son:
- Estar dado de alta y cotizando en la Seguridad Social en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos en el momento que solicite la baja por paternidad.
- Haber cotizado un mínimo de 180 días en los 7 años anteriores a la solicitud del permiso de paternidad, o un mínimo de 360 días durante la vida laboral.
- No tener deudas con las cuotas de autónomos. Si tienes deudas pendientes, tienes un plazo de 20 días para regularizar tus pagos.
- Estar dado de alta en Hacienda.
- Notificar el nacimiento, adopción o acogimiento a la Seguridad Social en un plazo máximo de 15 días desde que se produce.
Otras novedades
Las 16 semanas de permiso para ambos progenitores se podrán dividir de la siguiente manera:
- 6 semanas obligatorias, ininterrumpidas y a jornada completa, posteriores al parto (resolución judicial o decisión administrativa en el caso de adopción). La madre biológica puede anticipar este periodo hasta 4 semanas antes de la fecha previsible del parto
- Las 10 semanas restantes se disfrutarán en periodos semanales, de forma acumulada o interrumpida, dentro de los 12 meses siguientes al parto o bien la resolución judicial o decisión administrativa en el caso de adopción.
Además se establecen determinados supuestos de ampliación de este plazo:
- 1 semana para cada progenitor por cada hijo/a, a partir del segundo, en caso de nacimiento, adopción o acogimiento múltiples.
- 1 semana para cada progenitor en caso de discapacidad del hijo/a.
- Ampliación por parto prematuro y hospitalización (por un periodo superior a 7 días) a continuación del parto, hasta un máximo de 13 semanas.
Desde agosto pasado, el Instituto Social de la Seguridad Social (INSS) amplió su servicio para solicitar telemáticamente los periodos sucesivos de descanso si los progenitores optan por dividir este periodo.
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