La autorización de residencia concedida mediante la regularización extraordinaria tiene una vigencia inicial de un año.
Por eso, es importante conocer con antelación qué opciones existen para mantener la situación administrativa regular en España.
No se trata de renovar la regularización como tal, según el Real Decreto 316/2026, las personas titulares deben valorar la modificación de su autorización a una residencia y trabajo ordinaria, conforme al artículo 191 del Reglamento de Extranjería.
Esta solicitud debe presentarse durante los dos meses anteriores a la fecha de caducidad, siempre que se cumplan los requisitos correspondientes.
Trabajar y cotizar a la Seguridad Social puede facilitar este trámite.
¿Y si no cumplo los requisitos para modificar mi autorización?
Si no puedes acceder a una autorización ordinaria de residencia y trabajo, la normativa contempla la posibilidad de solicitar una prórroga excepcional de un año, siempre que cumplas los requisitos establecidos.
Para ello, debes acreditar una de estas situaciones:
- Búsqueda activa de empleo: estar inscrito como demandante de empleo en el servicio público de empleo correspondiente y acreditar que buscas trabajo activamente.
- Esfuerzo de integración: disponer de un informe favorable que valore aspectos como la formación y el aprendizaje de las lenguas oficiales. Su emisión corresponde a la comunidad autónoma competente y debe solicitarse siguiendo el procedimiento establecido.
IMPORTANTE
También se contemplan determinados supuestos de prórroga de cuatro años para personas que no pueden acceder al mercado laboral por circunstancias específicas.
Entre ellos se encuentran:
- Enfermedad grave o discapacidad que impida trabajar, cuando afecte a la persona titular o a determinados familiares: su cónyuge o pareja registrada, un hijo menor de edad o un hijo mayor que no pueda valerse por sí mismo por motivos de salud. Esta previsión no incluye a padres ni abuelos.
- Edad legal de jubilación, cuando la persona titular haya alcanzado dicha edad.
En estos casos, no se exige acreditar la búsqueda activa de empleo ni presentar un informe de esfuerzo de integración, siempre que se cumplan los requisitos legales aplicables.
Para preparar el siguiente paso, te recomendamos
- Revisar la fecha de caducidad de tu autorización.
- Conservar toda la documentación laboral y personal relevante.
- Inscribirte como demandante de empleo si estás buscando trabajo.
- Informarte sobre los cursos de formación y los recursos de integración disponibles.
- Solicitar asesoramiento con suficiente antelación para conocer qué opción se ajusta a tu situación.
No esperes al último momento para informarte. Preparar la documentación y conocer las alternativas disponibles puede ayudarte a afrontar los siguientes trámites con mayor seguridad.
Consulta el Real Decreto 316/2026 en el Boletín Oficial del Estado
Desde las Oficinas Municipales de Información, Orientación y Acompañamiento para la Integración Social de la Población Inmigrante animamos a las personas a informarse y solicitar asesoramiento especializado ante cualquier duda relacionada con su caso en concreto.