El sector del servicio doméstico podría considerarse el colectivo más desprotegido de todo el sistema laboral.

 

Las trabajadoras del hogar (alrededor de 4000.000 mujeres en España) es el único sector laboral sin acceso a la prestación por desempleo. Esta situación aumenta la precariedad, la pobreza y la desprotección entre este colectivo. Además, les  imposibilita obtener otras prestaciones sociales a las que podrían tener derecho. Ya que la solicitud y concesión están supeditadas a la extinción de las prestaciones por desempleo. Entre estos subsidios por ejemplo el subsidio para desempleados mayores de 52 años. 

 

Las empleadas de hogar y el derecho al paro

En el año 2019, una trabajadora del hogar gallega (apoyada por su empleadora y asesorada por su abogado) denunció a la Seguridad Social. La denuncia fue  por no permitirle cotizar por el desempleo. A raíz de ello,  el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictado una sentencia poniendo de manifiesto que España discrimina a las empleadas del hogar al negarles el derecho al paro. Concretamente apunta que la negativa del sistema legal español es contraria a la directiva que existe en Europa de igualdad de trato entre hombres y mujeres en materia de Seguridad Social. Además es constatable que las empleadas de este sector son fundamentalmente mujeres (casi un 95%). 

 

En la sentencia se manifiesta que la directiva europea en materia de igualdad «se opone a una disposición nacional que excluye las prestaciones por desempleo de las prestaciones de seguridad social concedidas a los empleados de hogar por un régimen legal de seguridad social, en la medida en que dicha disposición sitúe a las trabajadoras en desventaja particular con respecto a los trabajadores y no esté justificada por factores objetivos y ajenos a cualquier discriminación por razón de sexo». 

 

Igualdad en materia de Seguridad Social

El Tribunal Europeo comenta también que corresponde al juez español que lleva el caso (el titular del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 2 de Vigo que fue el que solicitó al TJUE que interpretara la Directiva sobre igualdad en materia de Seguridad Social, para poder determinar si había una discriminación indirecta por razón de sexo.) verificar si esto es lo que ocurre en la denuncia de la trabajadora gallega contra la Seguridad Social, y da a dicho juez indicaciones concisas para resolver en favor de la existencia de discriminación.

 


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