El DASPI acreditará el acceso a la asistencia sanitaria con cargo a fondos públicos en la Comunidad de Madrid

 

 

El pasado 26 de julio arrancó el nuevo procedimiento para que las personas solicitantes de asilo reciban atención sanitaria. A partir de esa fecha las personas extranjeras solicitantes de protección internacional, que residan en la Comunidad de Madrid y cuya permanencia en España haya sido autorizada por este motivo podrán solicitar su Documento de asistencia sanitaria para ciudadanos solicitantes de protección internacional, denominado: DASPI

El DASPI acreditará el acceso a la asistencia sanitaria con cargo a fondos públicos en la Comunidad de Madrid. La validez de la tarjeta irá ligada a la de la documentación que hayamos entregado en el momento de solicitarla (tarjeta roja, blanca o verde). La fecha de validez vendrá indicada en el propio DASPI. Una vez caduque el documento se podrá solicitar su renovación siempre y cuando se sigan reuniendo los requisitos que se exigen para la solicitud inicial. 

La tramitación se realizará a través del siguiente enlace: https://tramita.comunidad.madrid/prestacion-social/solicitud-daspi/tramitar una vez cumplimentado el formulario esté podrá presentarse de forma telemática o bien a través de Red de Oficinas de la Comunidad de Madrid

 

Requisitos para solicitar la tarjeta DASPI

En caso de reunirse los requisitos se dará cita con las denominadas Unidades de Tramitación, donde deberá presentar toda la documentación requerida:

  •  Documento acreditativo de la solicitud de protección internacional en vigor
  •  Pasaporte original y copia de todas las páginas cumplimentadas. Cuando la tramitación sea presencial, se aportará, además, el pasaporte original
  •  Pasaporte/DNI/TIE del representante, en su caso
  •  Acreditación de la representación o de la vinculación familiar con el interesado, en su caso (Libro de Familia, Sentencia Judicial de incapacitación, Resolución de acogimiento/tutela, poderes o Autorización del interesado) 
  •  La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos del certificado de empadronamiento que deberá estar en vigor y actualizado.

Aunque al presentar la solicitud se entregará un justificante este no tendrá validez para ser atendido en el Servicio de Salud. Habrá que esperar a que la solicitud sea favorable, momento en el que se le entregará el documento acreditativo de asistencia sanitaria, DASPI.

En el caso de que se precise asistencia sanitaria inmediata el día que se acude al centro, se deberán dar de alta con un código Transeúnte General-TIG.

Se puede ampliar la información pinchando AQUÍ.  Además, en los centros de salud se facilitará información sobre los trámites a realizar y se entregará el folleto informativo y el formulario que debe rellenar.

 

 


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