TE INFORMAMOS DE TODO LO QUE NECESITAS SABER PARA TRAMITAR TU AUTORIZACIÓN DE REGRESO. 

Una autorización de regreso es un permiso oficial que permite a una persona extranjera salir de España y volver a entrar legalmente, cuando no dispone de su TIE en vigor, porque se da alguna de las siguientes circunstancias: 

 

  • Renovación o prórroga de tu tarjeta de residencia o estancia (Importante: en principio no se contempla la modificación). 
  • Duplicado de la TIE: en el caso de pérdida, robo, deterioro o destrucción de tu Tarjeta de Identidad de Extranjero, siempre que hayas solicitado su duplicado, puedes pedir esta autorización. 
  • Titular de una autorización inicial de residencia o de estancia, con resolución favorable de la solicitud y en trámite de expedición de la tarjeta de identidad de extranjero. 

 

Este permiso solo es válido para regresar a España (por fronteras habilitadas españolas), no permite viajar a otros países de Schengen. 

Los pasos que debes seguir para su solicitud son: 

1.- Pide cita previa a través de la sede electrónica del Ministerio del Interior: Extranjería – Autorización de regreso – Sede Electrónica de la Policía Nacional  

2.- Reúne la documentación que se indica 

  • Pasaporte en vigor  
  • Autorización de residencia o de estancia para estudios 
  • Resguardo de solicitud de renovación, duplicado o resolución. 
  • Billetes de viaje  
  • Documentación que acredite urgencia del viaje (trabajo, familia, salud…).  

3.- Acude a tu cita y presenta todos los documentos junto con el justificante de pago de la tasa. 

4.- Espera resolución, si te lo deniegan, puedes presentar recurso de reposición. 

  • Cuando el viaje responda a una situación de necesidad, la autorización de regreso se tramitará con carácter preferente. 

5.- Recógelo: 

  • Recoge el original firmado y sellado. 
  • La autorización de regreso tendrá una vigencia no superior a noventa días desde la caducidad de la autorización de residencia o de estancia, si se solicita con anterioridad a dicha caducidad. 
  • En caso de que se solicite en un momento posterior a la caducidad de la autorización de residencia o de estancia, tendrá una vigencia no superior a noventa días desde que sea concedida 
  • La autorización solo permite entrar por pasos fronterizos españoles, no sirve para otros países de Schengen.  
Con esto estarás preparada/o para salir del país sin perder tu derecho a entrar de nuevo. 

 

 

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