Ya hemos hablado anteriormente del arraigo para la formación. Sendo una nueva figura siguen saliendo instrucciones sobre él, en este post queremos hablar del arraigo para la formación, en concreto, de cómo conseguir el permiso de trabajo

Recordemos cuáles son los requisitos principales para solicitar arraigo para la formación.

El permiso de residencia por arraigo para la formación lo pueden solicitar personas en situación administrativa irregular que:

  • lleven viviendo como mínimo dos años en España.
  • carezcan de antecedentes penales.
  • se comprometan, una vez obtenida la autorización de residencia, a realizar una formación reglada que cumpla los requisitos.

Como contábamos en otros post anteriores, el arraigo para la formación es una autorización de residencia por circunstancias excepcionales. Es una nueva figura que permite la regularización en España y que cuenta con dos fases:

  • Una primera, en la que nos dan un permiso de residencia para realizar una formación;
  • Una segunda en la que modificamos ese permiso de residencia para obtener  un permiso de residencia y trabajo.

En este post, nos vamos a centrar en esa segunda parte, en cómo conseguir el permiso de trabajo.

 

 Cómo conseguir el permiso de trabajo

Si ya tengo un permiso de residencia por arraigo para la formación, y quiero conseguir el permiso de trabajo lo primero que tengo que tener en cuenta es cuándo pedirlo, qué requisitos me exigen y que documentación debo presentar:

 

¿Cuándo podré pedirlo?

Lo podré pedir una vez superada con aprovechamiento la  formación con la  que  inicialmente  se obtuvo el permiso de residencia y estando aun la autorización en vigor. Es decir, el permiso de trabajo solamente nos lo concederán si hemos aprobado el curso y si nuestro permiso de residencia no está caducado. Si nos apuntamos a un curso para obtener el permiso de residencia y luego no lo hacemos, no podremos seguir con la segunda parte del proceso, no podremos obtener un permiso de trabajo.

 

¿Cuáles son los requisitos para solicitar los requisitos para solicitar el permiso de  trabajo por arraigo para la formación?

Entre los requisitos para obtener la autorización de trabajo está la presentación de contrato de trabajo. En relación al contrato hay que tener en cuenta que:

  • Debe estar relacionado con la familia profesional de la formación realizada.
  • Deber marcar un salario de, al menos, el salario mínimo interprofesional o el salario establecido por el convenio colectivo aplicable.
  • Es posible presentar uno o varios contratos a tiempo parcial siempre que  se cumpla en un cómputo global anual con dicho salario.
  • También se aceptan contrataciones fijas discontinuas, temporales y en general todas las modalidades contractuales que  contemple la legislación  laboral  vigente.
  • En el caso de tener a cargo menores o personas que  requieran apoyo para ejercitar su capacidad jurídica, se admite la presentación de contrato laboral de mínimo 20 horas  semanales y por tanto la reducción  proporcional de la retribución salarial.

 

¿Qué necesito para conseguir la autorización de trabajo?

Para solicitar la autorización de trabajo, es decir, para solicitar el cambio de permiso de residencia a permiso de residencia y trabajo se necesita:

    • Impreso de solicitud en modelo oficial (EX–10) por duplicado, debidamente cumplimentado y firmado por el extranjero.
    • Contrato de trabajo firmado por empleador y trabajador que garantice  un salario mínimo interprofesional o el establecido por convenio colectivo aplicable.
    • Certificación de haber superado la formación.
    • Copia de la resolución de la concesión de residencia por arraigo por formación que se pretende modificar.
    • Fotocopia de TIE que documenta la autorización de residencia por circunstancias  excepcionales por  arraigo para la  formación.
    • Empadronamiento actualizado.
    • Abono de la tasa: modelo 790 código 052,  autorización de residencia y trabajo por  circunstancias  excepcionales.

 

¿Por cuánto tiempo otorgan el permiso de residencia y trabajo?

El permiso de trabajo y residencia tendrá una duración de dos años siempre y cuando se produzca el alta en la Seguridad Social.

 

¿Se puede renovar la autorización de residencia y trabajo por arraigo para la formación?

Una vez caduque ese permiso de dos años, la autorización se podrá renovar por el proceso general para autorizaciones por  circunstancias  excepcionales. Se renueva de la misma manera que un arraigo laboral o social.


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