Antes de iniciar cualquier trámite o solicitud de extranjería, es fundamental informarse bien. Para ello, existen varias fuentes oficiales: el Portal de Inmigración ofrece información sobre requisitos, documentos, tasas y normativa. También puedes acceder a procedimientos online en la Sede Electrónica de Administraciones Públicas o realizar consultas específicas a través del portal de Consultas de Extranjería.
Cuando ya tienes toda la documentación necesaria, consulta la hoja informativa del trámite correspondiente en la web de Extranjería. Durante la solicitud, puedes optar por recibir notificaciones electrónicas marcando la casilla correspondiente en el formulario. Esto implica que las notificaciones se enviarán a la Carpeta Ciudadana o la DEHú durante 10 días, pero requiere tener un certificado digital. Si no dispones de uno, es mejor no marcar esa opción y recibir las notificaciones por correo postal.
Tras presentar tu solicitud, puedes hacer seguimiento en este enlace, llamando al 060, o mediante SMS al 600 124 377 (indicando tu NIE o número de expediente). Si no aparece tu solicitud, puede deberse a que aún no ha sido registrada por la Oficina de Extranjería, especialmente si la enviaste a través de la plataforma MERCURIO o en un Registro.
Si tu expediente aparece en estado “trámite-requerido”, significa que debes aportar documentación adicional. Esta se puede presentar online (si tienes certificado digital) o presencialmente en registros oficiales o en Correos, siempre dirigida a la Oficina de Extranjería en Madrid (EA0040721).
Si el estado es “resuelto-favorable”, espera la notificación para seguir los pasos indicados. Si es “resuelto-no favorable”, también recibirás una notificación con los motivos y el procedimiento para presentar un recurso, el cual puedes tramitar online o presencialmente.
Finalmente, si no recibes una notificación esperada, puedes pedir un duplicado a través del servicio de consultas indicando la palabra “DUPLICADO”. Ten en cuenta que, si marcaste la opción de notificaciones electrónicas, deberán pasar 10 días desde su publicación para solicitarlo.
Desde la oficina municipal de información a la población migrante ofrecemos sesiones informativas sobre requisitos y vías de presentación para diferentes trámites con la oficina de extranjería. Puedes consultar los servicios que prestamos en nuestra página web o escribiendo un correo electrónico.
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