El Gobierno aprueba la protección de la seguridad y la salud en el trabajo al servicio doméstico y dota a las trabajadoras de derechos laborales

Se aprueba el Real Decreto por el que se regula la protección de la seguridad y la salud en el ámbito del servicio del hogar familiar. El Gobierno aprueba la protección de la seguridad y la salud en el trabajo al servicio doméstico y dota a las trabajadoras de derechos laborales

Con esta norma, mejora la situación de las mujeres que realizan el trabajo doméstico y se pretende que deje de ser un sector infravalorado en términos económicos y sociales, poniendo el foco en la prevención de riesgos laborales de las empleadas de hogar.

Lo que se propone es reconocer a un colectivo que siempre ha sido invisibilizado, discriminado en el mercado laboral e históricamente en la percepción social.

El Real Decreto aprobado pone en valor el trabajo en el hogar como un pilar fundamental para la sociedad y que comenzó con:
.  Subsidio especial en la pandemia ocasionada por el COVID-19.
. Reconocimiento del derecho a la cotización para la prestación por desempleo.
Prevención de riesgos laborales

Se reconoce el derecho a un reconocimiento médico voluntario, único por cada persona trabajadora, aun cuando preste servicio por cuenta de varias personas empleadoras.

Teniendo en cuenta que las personas empleadoras por sus características personales o discapacidad no pueden asumir directamente las obligaciones preventivas, podrán delegarlas en una persona de su entorno personal o familiar.

Para facilitar que estos derechos se materialicen y no supongan carga para las personas empleadoras, se ponen a disposición los instrumentos públicos necesarios:

  • El Ministerio de Sanidad promoverá la inclusión de la realización gratuita de los reconocimientos médicos en la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud.
  • El Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo elaborará una herramienta GRATUITA para la evaluación de riesgos.
  • El INSST elaborará una Guía Técnica para la prevención de los riesgos laborales en el trabajo doméstico.
  • Se pondrá a disposición de las trabajadoras un Protocolo en caso de acoso elaborado por el INSST.
  • Para garantizar el derecho a la formación gratuita, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) publicará una herramienta gratuita.

La persona empleadora proporcionará a las personas trabajadoras del servicio doméstico equipos de trabajo adecuados para el desempeño de sus funciones de forma segura.

Las personas trabajadoras tendrán derecho a la paralización de la actividad en caso de riesgo grave e inminente, sin que ello pueda entrañar ningún perjuicio para la persona trabajadora.

Servicio de Ayuda a Domicilio

El Real Decreto también recoge que los servicios de ayuda a domicilio (SAD) requieren la protección de la seguridad y la salud.

Las personas encargadas de evaluar los riesgos laborales realizarán evaluaciones presenciales en los domicilios donde se lleva a cabo la actividad de cuidado.

Se podrán introducir modificaciones en el domicilio cuando la empresa obtenga el consentimiento de las personas titulares del domicilio previamente y siempre y cuando sean precisas para garantizar la protección frente los riesgos del puesto de trabajo.

Enlace a la noticia

https://prensa.mites.gob.es/webPrensa/listado-noticia/noticia/4369

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